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miércoles, 14 de octubre de 2015

Miércoles 14 de octubre


Si alguna viuda tiene hijos o nietos, que estos aprendan primero a practicar devoción piadosa en su propia casa y a seguir pagando la debida compensación a sus padres y abuelos (1 Tim. 5:4).



Dicho sencillamente, los cristianos adultos tienen que asegurarse de que las necesidades materiales de sus padres estén cubiertas (1 Tim. 5:8, 16). Y aunque Pablo se refería a familiares creyentes, los cristianos deben atender a sus padres aun si estos no son miembros de la congregación. La forma en que lo hagan puede variar. No hay dos situaciones idénticas. Las necesidades, la personalidad y la salud de los afectados serán distintas. Algunos mayores tienen varios hijos, y otros, solo uno. Hay quienes cuentan con ayudas del gobierno, mientras que otros no. Las preferencias de quienes necesitan cuidados también pueden variar. Por lo tanto, no sería prudente ni amoroso criticar la manera en que alguien atiende a sus familiares mayores. Al fin y al cabo, Jehová puede bendecir cualquier decisión que se amolde a su Palabra y hacer que funcione, como lo viene haciendo desde los días de Moisés (Núm. 11:23).w14 15/3 3:7, 8

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